* Tránsito Municipal exige y castiga lo que ellos no cumplen.
Los puedes ver avanzando en forma paralela con sus moto patrullas lo mismo a vuelta de rueda sobre la Calle Central, o a toda velocidad sobre los libramientos. Incluso en sus famosos operativos.
¿Qué dice el Reglamento de Tránsito Municipal vigente en Tuxtla Gutiérrez
para los motociclistas? Es bueno saberlo para evitar multas y lesiones por accidentes. También para reclamarle a los malos elementos.
I. Deberán usar casco y anteojos protectores; teniendo la misma obligación sus acompañantes.
II. Sólo podrán viajar, además del conductor, el número de personas
autorizadas en la tarjeta de circulación, quedando expresamente prohibido transportar menores de doce años entre el conductor y el manubrio.
III No deberán transitar sobre las aceras y áreas reservadas para el uso
exclusivo de peatones.
V. Para rebasar un vehículo de motor deberán utilizar el carril izquierdo.
VI. Deberán usar durante la noche o cuando no hubiere suficiente visibilidad durante el día, el sistema de luces, tanto en la parte delantera como en la posterior.
VII. Señalar de manera anticipada cuando vayan a efectuar una vuelta.
VIII. No llevar carga que dificulte su visibilidad, equilibrio, o adecuada maniobra, por constituirse en un peligro para sí u otros usuarios de la vía pública.
IX. Tomar oportunamente el carril correspondiente al dar la vuelta a la
izquierda o a la derecha.
X. En zonas residenciales, la velocidad máxima permitida será de 30 Km./ hr.
XI. Deberán circular sobre la extrema derecha de la vía que transita.
XII. Deberán revisar previamente que sus unidades, cuenten con reflectantes rojos en la parte posterior o contar con el faro delantero.
XIII. No deberán efectuar piruetas.
XIV. Deberán cumplir estrictamente las disposiciones establecidas por el presente Reglamento.
Lo preocupante es que muchos policías, incluso de Tránsito Municipal, hacen lo mismo. Y esos agentes andan multando con charolas de incongruencia.
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